La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha emitido nuevas Normas Oficiales Mexicanas cuyo objetivo es garantizar el bienestar de los empleados, mismas que se han convertido en nuevos requisitos que las empresas deben cumplir de forma obligatoria.
Ante esta situación, en GRUVAIN Consultoría Integral y Proyectos Industriales Especializados nos hemos convertido en aliados de la industria, gracias al análisis exhaustivo que realizamos a cada Norma Oficial Mexicana así como al diseño de soluciones integrales que garanticen su cumplimiento.
Precisamente, el 2 de enero de 2020 entró en vigor en lo general la Norma Oficial Mexicana:
NOM-036-1-STPS-2018
Factores de riesgo ergonómico en el Trabajo-
Identificación, análisis, prevención y control.
Parte 1: Manejo manual de cargas
Esta NOM aplica a todos los centros de trabajo en México, donde existan trabajadores cuya actividad implique más de una vez al día, el manejo manual de cargas superiores a los 3 kilogramos de peso.
ERGONOMÍA
En la esfera industrial, la Ergonomía es la disciplina que se encarga del diseño de lugares de trabajo, herramientas y tareas, de modo que coincidan con las características fisiológicas, anatómicas, psicológicas y las capacidades de los trabajadores involucrados, con el gran beneficio de optimizar la relación entre los tres elementos del sistema de la empresa (humano-máquina-ambiente), para lo cual elabora métodos de la persona, de la técnica y de la organización.
Siguiendo esta línea, la NOM-036-1-STPS-2018 tiene por objetivo establecer los elementos para identificar, analizar, prevenir y controlar los factores de riesgo ergonómico en los centros de trabajo derivados del manejo manual de cargas, a efecto de prevenir accidentes o alteraciones a la salud de los trabajadores por los movimientos repetitivos.
De acuerdo con el documento, cada centro de trabajo debe contar con un Análisis de los Factores de Riesgo Ergonómico debido al manejo manual de cargas, que deberá estar integrado por los siguientes elementos:
- a) La identificación de las actividades que conlleven factores de riesgo ergonómico debido a manejo manual de cargas, es decir, que implique levantar, bajar, transportar, empujar, jalar y/o estibar materiales
- b) La estimación simple del nivel de riesgo o evaluación rápida de las actividades identificadas
- c) La evaluación específica del nivel de riesgo, cuando el resultado de la evaluación rápida no permita determinar el nivel de riesgo o condiciones aceptables y/o cuando a pesar de la implementación de medidas correctivas siga existiendo algún peligro para el trabajador
La misma Norma establece las siguientes obligaciones para empresas:
- Contar con el análisis de los factores de riesgo ergonómico debido al manejo manual de cargas
- Adoptar medidas de prevención y/o control para reducir o eliminar los factores de riesgo ergonómico en el centro de trabajo debido al manejo manual de cargas
- Efectuar la vigilancia a la salud de los trabajadores ocupacionalmente expuestos
- Informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por el manejo manual de cargas
- Proporcionar capacitación y adiestramiento al personal ocupacionalmente expuesto sobre los procedimientos de seguridad y las prácticas de trabajo seguro, y en su caso, en las medidas de prevención y/o control
- Llevar los registros sobre las medidas preventivas adoptadas y los exámenes médicos practicados
Mientras tanto, los empleados deben cumplir las siguientes actividades:
- Observar las medidas de prevención y/o control, así como los procedimientos de seguridad y las prácticas de trabajo seguro que dispone la Norma y/o que establezca el patrón para la prevención de riesgos
- Dar aviso de inmediato al patrón y/o a la comisión de seguridad e higiene sobre las condiciones inseguras que adviertan durante el desarrollo de sus actividades
- Mantener ordenados y limpios sus lugares de trabajo y áreas comunes
- Desempeñar su trabajo de manera segura para evitar riesgos
- Participar en la capacitación, adiestramiento y eventos de información que proporcione el patrón
- Informar al patrón sobre las afectaciones a su salud o sus posibles limitaciones para la realización de sus actividades
- Cumplir con someterse a los exámenes médicos que determina la Norma y/o el médico de la empresa
Es importante revisar a profundidad esta NOM para entender las medidas a las que están obligadas las empresas este año, especialmente el apartado Segundo Transitorio indica que hay una serie de elementos que no tendrán vigencia sino hasta el próximo 4 de enero de 2023.
La NOM-036-1-STPS-2018 aplica a todos los centros de trabajo en México, donde existan trabajadores cuya actividad implique más de una vez al día, el manejo manual de cargas superiores a los 3 kilogramos de peso.
APOYO PARA LA INDUSTRIA
En GRUVAIN Consultoría Integral y Proyectos Industriales Especializados entendemos la necesidad de que las empresas cuenten con los mecanismos necesarios para dar cumplimiento a esta y a otras regulaciones establecidas por las autoridades en México, sin sacrificar sus actividades de negocio.
Para la NOM-036-1-STPS-2018 y otras Normas Oficiales Mexicanas en Salud y Seguridad en el Trabajo, emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, apoyamos a las empresas con acciones específicas como:
- Verificación de las Condiciones de Seguridad e Higiene del Centro de Trabajo
- Establecimiento de programas de Seguridad e Higiene en el Trabajo
- Auditorías en Seguridad Industrial
- Desarrollo de Manuales y Procedimientos de Seguridad
- Programa para la Prevención de Accidentes (PPAs)
- Campaña de Estudios Médicos al POE
- Capacitaciones con reconocimiento DC3
- Supervisión de Seguridad en Planta
- Atención de inspecciones de la S.T.P.S. (Ordinaria / Extraordinaria)
- Asesoría en la integración de emplazamientos
- Asesoría en procesos administrativos jurídicos (Multas)
- Elaboración e Implementación de Indicadores de control
- Asesoría – Programa de Autogestión (PASST) GRATUITO.
- Integración de Normas S.T.P.S.
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